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Uno a uno todos los requisitos para ingresar a la Argentina tanto para ciudadanos como para extranjeros

El gobierno agregó como condición la realización de una prueba PCR entre el tercer y quinto día del ingreso. Quiénes deben cumplirlo

El Gobierno argentino dispuso nuevos requisitos para el ingreso al país de personas procedentes del exterior, tanto de nacionalidad argentina como extranjeros, a raíz de la nueva ola de COVID-19 que está afectando al mundo.

La normativa debió ser modificada “debido al escenario dinámico de la situación epidemiológica y al incremento de casos positivos de COVID-19 a partir de la proliferación de Ómicron, una variante con riesgo aumentado de transmisión y reinfección comparado con las que circularon previamente”, informó hoy el Ministerio de Salud.

El cambio fue dispuesto a través de la Decisión Administrativa 1316/2021 publicada el 30 de diciembre de 2021 en el Boletín Oficial, que establece lo siguiente: “Los argentinos o las argentinas residentes, y extranjeros o extranjeras residentes o no residentes que ingresen al país, mayores de seis años de edad que hayan acreditado estar vacunados y vacunadas con parte del esquema de vacunación o con el esquema de vacunación completo, de acuerdo al país de origen, deberán practicarse una prueba diagnóstica de SARS-CoV-2 entre los días tercero a quinto de su llegada al país, debiendo abstenerse durante esos días de estadía en el país de concurrir a eventos masivos y/o reuniones sociales en espacios cerrados”.

Las autoridades argentinas dispusieron que el control de la documentación previa que acredite los requisitos solicitados, será realizado por las compañías de transporte previo al embarque *EFE/ Juan Ignacio Roncoroni/Archivo)
Las autoridades argentinas dispusieron que el control de la documentación previa que acredite los requisitos solicitados, será realizado por las compañías de transporte previo al embarque *EFE/ Juan Ignacio Roncoroni/Archivo)

Este nuevo requisito se suma a los ya vigentes que deben cumplirse antes del inicio del viaje y tienen que demostrarse ante los operadores de medios de transporte internacionales. De esta manera, todo pasajero que viaje a Argentina debe contar con la siguiente documentación:

1- Declaración jurada exigida por la Dirección Nacional de Migraciones.

2- Prueba PCR negativa realizada en el país de origen dentro de las setenta y dos horas previas al inicio del viaje o bien un certificado de alta médica emitido dentro de los 90 días previos que justifique un PCR positivo que acredite que tuvo la enfermedad en ese lapso correspondiéndole dicha alta médica.

3- Esquema de vacunación completo por lo menos 14 días antes de su ingreso (o de su exención si por algún motivo la tuviere) de acuerdo a lo definido por las autoridades sanitarias del país de vacunación.

4- Los extranjeros deberán contar con seguro de salud COVID-19, con cobertura de servicios de internación, aislamiento y/o traslados sanitarios, para quienes resulten casos positivos, sospechosos o contactos estrechos.

Las autoridades argentinas dispusieron que el control de la documentación previa que acredite los requisitos solicitados, será realizado por las compañías de transporte previo al embarque. Todas las medida dispuestas valen para quienes ingresen por vía aérea, fluvial y marítima.

5-A estos requisitos se agregó en las últimas horas que tanto los ciudadanos argentinos como extranjeros mayores de seis años deberán realizarse una prueba diagnóstica de SARS-CoV-2 entre el tercer y quinto día de su arribo a la Argentina. Hasta testearse no podrán concurrir a eventos masivos ni a reuniones sociales en espacios cerrados.

Los argentinos que no cuenten con su esquema completo de vacunación, es decir con las dos dosis, deberán guardar aislamiento al llegar a la Argentina y realizarse un test de PCR al séptimo día de ingresar a la Argentina.

Se informó que los extranjeros que cumplan con todos los requisitos antes mencionados podrán evitar el aislamiento al arriba al país.

“Toda la documentación que se presente al momento del embarque y que se exhiba durante la estadía en el país tendrá carácter de declaración jurada, y su falseamiento u omisión de información darán lugar al inicio de las correspondientes acciones penales”

Además, la nueva norma remarcó que “toda la documentación que se presente al momento del embarque y que se exhiba durante la estadía en el país tendrá carácter de declaración jurada, y su falseamiento u omisión de información darán lugar al inicio de las correspondientes acciones penales”, que caerán sobre las personas y no sobre las líneas aéreas o a los operadores de transporte ni terceros.

Una vez en el territorio nacional, los pasajeros deberán portar, durante los 14 días posteriores a su arribo, la documentación que dé cuenta del cumplimiento de los requisitos sanitarios exigidos.

El fundamento de la nueva norma para el ingreso al país plantea que “la situación internacional en relación con la variante Ómicron representa un riesgo, por lo que es fundamental generar estrategias que permitan disminuir la posibilidad de infección a través de la misma”. Y que en este sentido “se debe reforzar la vigilancia epidemiológica para detectar de manera temprana y oportuna un cambio en la situación epidemiológica”, precisó el Ministerio de Salud.