La Asociación REDI (Red por Personas con Discapacidad) elevará en las próximas horas su descargo para pedir que “se rechace el planteo dilatorio presentado por el Estado” y se establezca un plazo perentorio de 48 horas para su cumplimiento “bajo apercibimiento de sanciones conminatorias para la ministra”.
Esta medida es en respuesta a los escritos que presentó el Ministerio de Desarrollo Social para dilatar la decisión de la Cámara de Apelaciones sobre el fallo que lo obliga a rehabilitar las más de 126 mil pensiones por discapacidad que eliminó o suspendió en los últimos dos años.
El Ministerio de Desarrollo Social, encabezado por Carolina Stanley, sumó otra presentación para intentar convencer al tribunal de segunda instancia que la causa ha devenido abstracta porque ya se rehabilitaron las pensiones antes del dictado de la cautelar. Para argumentar que hubo restitución de ese derecho, el Ministerio adosó un listado que consta que hasta el momento solamente 9728 pensiones fueron rehabilitadas. Según los denunciantes, esto es solo un 7,7% del total que se había dado de baja. A esta situación se suma que el Gobierno se niega a dar a conocer el listado de beneficiarios a los que se les suspendió la pensión.
El Gobierno Nacional, en el primer semestre de este año, decidió la suspensión de 52.491 pensiones por invalidez, sumadas a las 19.215 que fueron dadas de baja. Junto a las inhabilitaciones del año pasado, dan un total de más de 126 mil, de acuerdo a los datos de la Fundación Soberanía Sanitaria.
Distintas ONG, asociaciones civiles y fundaciones encabezaron demandas contra la decisión de eliminar sin trámite administrativo las pensiones no contributivas en general (175 mil), dentro de las cuales el 72 por ciento son por casos de invalidez. A principios de mes hubo un primer fallo a nivel nacional. El Juzgado Federal de la Seguridad Social Nº 8, a cargo de la jueza Adriana Camaratta, dio lugar a un pedido efectuado por la Asociación REDI y ordenó al Ministerio de Desarrollo Social el restablecimiento de las pensiones “de forma inmediata”.
Según informa el diario Página 12, ahora el Ministerio dio un paso más y antes de que la Cámara decidiera sobre el tema realizó un nuevo planteamiento de “cosa abstracta” para dilatar la decisión. Para que haya una sentencia o fallo tiene que haber un caso concreto sobre el cual expedirse, de lo contrario se trata de una cuestión abstracta.
El argumento del Ministerio de Desarrollo Social, a través de su abogado Patricio Martínez, es que las “pensiones por discapacidad que habían sido suspendidas por diversas causales ya se encontraban rehabilitadas con anterioridad a la notificación de la medida cautelar dictada en la presente causa”, según el escrito. De esta manera, sostiene que no existe un caso en que deba expedirse.
El Ministerio asegura además que los casos que no fueron reestablecidos corresponden a titulares que renunciaron expresamente al beneficio, fallecidos o que iniciaron trámites administrativos para su rehabilitación y les fue denegada. Lo curioso es que para sustentar esta medida, el Ministerio presentó copias de las disposiciones emitidas por el entonces presidente de la Comisión Nacional de Pensiones Asistenciales, Guido Badino, quien había asegurado que las personas con Síndrome de Down pueden trabajar, y dos planillas. La primera consta de 28 páginas con 45 titulares identificados (con pensiones restituidas) y otra de 194 páginas en las que constan otros 9683 beneficiarios. En total se trata de 9728 casos sobre un universo de 126 mil pensiones inhabilitadas. El tribunal de primera instancia había pedido a Desarrollo un informe sobre las suspensiones y eliminaciones cursadas en el último año y medio y el Gobierno continúa sin dar esas precisiones a la Justicia.
“La documentación aportada no resulta suficiente para el efecto que busca obtener la demandada, ya que ella no permite asegurar que la totalidad de las prestaciones han sido efectivamente reintegradas”, dijo la abogada de la Asociación REDI, Varina Suleiman. Según explicó, la única manera de conocer los efectos reales de la “inconcebible actuación de hecho de la administración pública en este caso” es tener información auténtica de la cantidad de pensiones por invalidez otorgadas hasta la fecha en que comenzaron las bajas, las suspendidas por la Comisión y las rehabilitadas. “Nada de esto se ha agregado a la contestación, lo que agrava la conducta del Estado, pues se trata de documentación sistematizada que se halla en su poder y que no requiere ni siquiera procesar”, manifiesta Suleiman en el escrito que presentará hoy ante la Cámara de Apelaciones
La urgencia responde a la desprotección en que se encuentran actualmente los más de 100 mil beneficiarios del derecho por invalidez, a quienes no sólo se les quitó el salvavidas remunerativo de 4000 pesos sino todos los descuentos y cobertura, que los lleva a tener que afrontar gastos de salud y sanitarios.

