Chubut Para Todos

Servini de Cubría consideró que Macri “se excedió en sus facultades”

El DNU con el que se autorizaba a votar por correo a los argentinos en el exterior fue declarado inconstitucional. Resta definir el que prohíbe las colectoras.

La jueza María Servini de Cubría declaró “inconstitucional” las modificaciones que el presidente Mauricio Macri incorporó a la legislación electoral con el Decreto 45, que autorizaba a votar por correo a los argentinos residentes en el exterior.

Lo hizo al fundamentar que la medida representa una violación de la Constitución, ya que se introducen cambios en cuestiones reglamentarias electorales que deberían ser tratadas por el Congreso.

El fallo reaviva la polémica en torno al decreto que firmó el presidente Mauricio Macri para prohibir las listas colectoras, ya que podría sentar un precedente al considerar inconstitucional que el jefe de Estado legisle por Decreto en materia electoral.

Bajo la consigna de contrarrestar “la confusión en el electorado”, el Gobierno nacional eliminó en abril las denominadas listas colectoras y las candidaturas múltiples para las elecciones presidenciales del 27 de octubre, al derogar el decreto 443, dictado por la entonces presidenta Cristina Fernández de Kirchner en 2011.

La decisión fue leída políticamente como una maniobra para evitar un candidato único del peronismo en la provincia de Buenos Aires.