Chubut Para Todos

Reforma laboral: un juez de Chubut advierte que el proyecto “confirma la pérdida de derechos” y podría aplicarse a contratos vigentes

También advirtió que al declarar a la educación y al transporte como servicios esenciales, limitará el derecho a huelga en esos sectores. Y criticó un sorpresivo artículo, que condiciona a la justicia laboral.

El juez laboral de Trelew, Paulo Konig, analizó el proyecto de reforma laboral enviado por el Gobierno y afirmó que, aunque se retiró la eliminación de la ultraactividad de los convenios colectivos, “la situación sigue siendo muy grave”. Cuestionó el posible impacto sobre los empleos vigentes, rechazó la idea de que abaratar despidos genere empleo y negó que exista una “industria del juicio”.

“La situación es muy grave”: qué cambió y qué se mantiene en el proyecto

El juez laboral de Trelew, Paulo Konig, analizó los detalles del proyecto de reforma laboral presentado por el Gobierno nacional. Según explicó, hubo un único retroceso respecto de los borradores preliminares: se eliminó la caducidad automática de los convenios colectivos al vencimiento.

“Han retrocedido en lo que se refiere a la supervivencia de las convenciones colectivas de trabajo. No caducan al vencimiento del plazo de vigencia -advirtió, a diferencia de lo que planteaban los primeros borradores que trascendieron-. Hubiera sido realmente desastroso que eliminen lo que se conoce como la ultractividad”, señaló.

De todos modos, advirtió que no está claro si la decisión es definitiva: “No se sabe si esto es por alguna negociación o si luego va a reaparecer. Suelen ocurrir esas cuestiones”, analizó, al dar lectura del proyecto enviado por el Ejecutivo.

Fuera de ese punto, indicó que el proyecto ratifica casi todo lo que se preveía y mantiene una situación que, a su criterio, “es muy grave, porque se confirman pérdidas de derechos”

Sobre un aspecto técnico, agregó que desaparece la “ultraactividad de las cláusulas obligacionales”, es decir, las que regulan obligaciones entre sindicatos y empleadores. Pero aclaró que las cláusulas individuales de derechos laborales se mantendrían vigentes.

¿Puede aplicarse la reforma a trabajadores con contrato vigente?

Konig planteó uno de los puntos que considera más delicados: el riesgo de que la reforma sea aplicable no sólo a nuevas contrataciones, sino también a las relaciones laborales ya existentes.

Si bien el principio general es que las leyes no son retroactivas, explicó que el propio Código Civil establece que pueden aplicarse “a las relaciones jurídicas en curso”.
Temo que se les aplique también a los trabajadores que tienen contratos vigentes”, afirmó. Y agregó que el proyecto “tiene esa deficiencia: no dice nada” sobre la aplicación temporal.

Desde su postura jurídica, sostuvo que debería quedar explícito que la reforma “solo se aplique a los contratos que comiencen una vez sancionada la ley”. Sin embargo, anticipó que la Corte Suprema podría adoptar un criterio distinto, basándose en antecedentes recientes: “La Corte viene pronunciándose en fallos en contra del derecho laboral, tal como lo sostenemos muchos juristas”.

“Flexibilizar no crea empleo”: la respuesta a Caputo

Consultado sobre el argumento del ministro Luis Caputo, quien afirmó que “no se crea empleo porque los empleadores no pueden despedir”, Konig negó enfáticamente ese argumento. “Evidentemente no es así. Lo digo con seguridad”.

El juez recordó que la flexibilización laboral ya se aplicó en los años 90, con múltiples figuras precarias, y los resultados fueron opuestos a los prometidos:
En 2001 la desocupación fue del 19,7% y en 2002 llegó al 20,8%. Estaban los contratos basura, pasantías, becarios… Se flexibilizó al máximo y no hubo más empleo digno y registrado, todo lo contrario”.

También señaló que las medidas de flexibilización recientes tampoco mostraron resultados positivos. Recordó que el primer decreto laboral del actual Gobierno, dictado “a los 23 días de asumir”, fue declarado inconstitucional y vino acompañado de pérdida de 270.000 empleos.

Asimismo, mencionó que la Ley Bases también flexibilizó el régimen y el empleo continúa cayendo. “Vamos camino a cifras de desocupación que pueden llegar al 20%”, alertó.
Konig sostuvo que la verdadera dinamizadora del empleo no es la reducción de costos laborales sino el consumo interno:

“Lo que va a lograr que se contrate más gente es que las familias tengan dinero en el bolsillo. Si los comercios venden más, necesitan más trabajadores; si las fábricas producen más, necesitan contratar. Eso es lo que evita despidos, no abaratar indemnizaciones”.

"No existe la industria del juicio; existe la industria del incumplimiento”

Konig rechazó la afirmación, reiterada por funcionarios y empresarios, de que hay una “industria del juicio laboral”. El juez laboral afirmó en ese punto que “sólo el 3% de los trabajadores en condiciones de irregularidad inicia un reclamo”.

El magistrado detalló que hay cientos de miles de trabajadores que trabajan como monotributistas o bajo figuras contractuales falsas:

“Es evidente que lo que existe es una industria del incumplimiento, con trabajadores registrados por menos horas de las que trabajan o directamente sin registrar”.
Según explicó, la mayoría de los empleados en esa situación no demandan porque dependen del ingreso para sostener a sus familias: “El trabajador acepta la precarización por necesidad. Esa es la flexibilización de hecho”.

Un ataque a la justicia laboral

Konig cuestionó también el artículo 90 del proyecto, que se conoció ayer. El mismo establece que la justicia laboral debe atenerse a los criterios fijados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en tanto los trascendidos periodísticos de Buenos Aires dieron cuenta de que ese artículo se introdujo en respuesta a sectores empresarios que considera “hostil” a la justicia laboral.

“Los jueces que resuelvan causas de índole laboral deberán, de forma obligatoria, adecuar sus decisiones a los precedentes establecidos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la materia -ordena la norma-. El apartamiento infundado de los magistrados respecto de dichos criterios configurará una causal de mal desempeño en sus funciones”.

Konig reiteró que esto obliga a seguir “posiciones de la Corte que son contrarias a los trabajadores y en acuerdo con el Ejecutivo nacional”, con la particularidad de que “esto aplica únicamente para los jueces laborales, como si tuviésemos una minusvalía respecto de otros jueces”.

Límites de huelga en educación y transporte

El juez laboral advirtió finalmente que otro artículo del proyecto considera “servicio esencial a la educación, en contra de lo que dice la Organización Internacional del Trabajo. Eso significa que maestros y maestras no podrán hacer un paro efectivo, porque si se obliga a que esté presente el 75% de los docentes, no va a haber paros efectivos”, planteó.

Similar previsión se adopta para el transporte, al considerarse “de importancia trascendental, algo que no está regulado por la OIT”, exigiéndose la presencia del 50% de los trabajadores en caso de medida de fuerza. De ese modo, los paros prácticamente no se sentirán en este sector.

Fuente: ADNSur