Chubut Para Todos

Los motivos que dio la Anses para no quitarle la pensión de privilegio a Zulema Yoma pese a la condena de Menem

Mariano de los Heros sostuvo que la situación es diferente de la de la expresidenta Cristina Kirchner, pese a que los dos exmandatarios recibieron penas confirmadas por la Cámara de Casación; “Las acciones penales se extinguen con la muerte del imputado”, dijo

Luego de que el Gobierno revocara la asignación mensual vitalicia y la pensión que cobraba la expresidenta Cristina Kirchner tras ser condenada en segunda instancia por el delito de administración fraudulenta del Estado, la gestión mileísta evalúa avanzar en la misma decisión con exfuncionarios en condiciones similares. Sin embargo, el titular de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), Mariano de los Heros, ratificó que el organismo no le quitará la pensión de privilegio a la viuda de Carlos Menem, Zulema Yoma, pese a que Menem, como Cristina Kirchner tuvo una condena confirmada por la Cámara de Casación por corrupción.

Recordemos que las acciones penales se extinguen con la muerte del imputado”, afirmó y marcó: “Carlos Menem falleció siendo senador y no habiendo concluido todas las causas penales, por lo que la situación es distinta”.

Cuando Menem murió estaba condenado en la causa “sobresueldos”, con una condena ratificada por la Casación (el mismo tribunal que acaba de confirmar la sentencia de Cristina Kirchner), pendiente de una decisión final de la Corte Suprema.

Asimismo, en diálogo con Radio Mitre, De los Heros también se refirió al caso de Isabel Perón, viuda del expresidente. “No tengo datos de que haya sido condenada a ningún delito. Es cierto que, de acuerdo a la Ley 24.018, los beneficiarios tienen que vivir en el país, pero en su caso había otra ley que no tenía esa exigencia”, detalló. “Cada situación tiene que analizarse con el régimen jurídico vigente al momento del otorgamiento”, indicó.

“No quiero confundir: tenemos a una expresidente y viuda de un presidente que -como beneficiaria de ambas asignaciones- está condenada con sentencia definitiva por delitos en contra de la administración publica en beneficio propio”, remarcó. Habló de sentencia “definitiva” pese a que a Cristina Kirchner tiene pendiente todavía un recurso para llegar a la Corte.

De los Heros sumó: “La condición de otorgamiento era la honorabilidad y frente a una condena esa condición no existe. Por eso también revocamos la de Amado Boudou”. El caso de Boudou es diferente del de Cristina Kirchner y del de Menem porque la condena del exvicepresidente -a diferencia de las otras dos- sí está firme desde en 2020, cuando la Corte Suprema rechazó el recurso extraordinario de su defensa.

La pensión de Yoma fue cuestionada por la misma Cristina Kirchner, que a través de su cuenta de X le mandó un mensaje directo al presidente Javier Milei y dijo: “Preguntale a Martín Menem, tu Presidente de la Cámara de Diputados de la Nación, por qué cobra la misma pensión la tía Zulema, viuda de Carlos Menem, que se fue del mundo con causas penales sobre contrabando de armas, sobresueldos de funcionarios y otras yerbas, y hasta condenadas en segunda instancia”.

La hija de Menem y Yoma, “Zulemita”, respondió a las acusaciones de la antes mandataria y realizó un listado de las causas que enfrentó su padre y los resultados. “Lamento tener que responderle en este momento que entiendo es doloroso para Ud. y su familia , pero quisiera aclararle que mi padre, el expresidente Carlos Menem cuando falleció no tenía ninguna sentencia firme”, escribió luego de que se conociera la condena a seis años de prisión y la prohibición de ejercer cargos públicos. “Cuenta en Suiza: absuelto por Tribunal Oral 4 y confirmado por Casación Federal; Amia: absuelto por el Tribunal Oral 2; Armas: absuelto por la Sala III de Casación Federal; La Rural: absuelto por Sala III de Casación Federal; Río Tercero: no hubo juicio oral; Enriquecimiento ilícito: sobreseído con sobreseimiento firme, Juzgado Federal 5; Sobresueldos: la sentencia no está firme ya que el Tribunal de Casación concedió un recurso extraordinario planteado y en consecuencia se encontraban suspendidos los efectos de las sentencias hasta tanto no se expidiera la CSJN, razón por la cual en este caso tampoco tenía condena firme”, enumeró.

Y marcó: “De hecho, la Corte (pese a que la Cámara Electoral pretendió no autorizarlo a presentarse para Senador por La Rioja en el 2017) revocó la sentencia de la Cámara Electoral y lo autorizó a competir por el cargo que ganó, circunstancia que no hubiera sido posible si mi padre, el Dr. Carlos Menem, hubiera tenido una sentencia condenatoria”.

Fuente: LN